¿Cómo está regulada la inversión en activos digitales?

¿Cómo está regulada la inversión en activos digitales?

¿Cómo se regulan los activos digitales en España y Europa? ¿Qué legislación hay vigente ahora mismo? En España no hay ahora mismo una normativa específica que regule la inversión en activos digitales, aunque se han ido dando pasos adelante al respecto.

El sector de los criptoactivos está a la espera de una nueva normativa, que se encuentra en proceso de elaboración para brindar una mayor seguridad jurídica. La Unión Europea está actualmente desarrollando un futuro reglamento europeo que tendrá aplicabilidad directa en todos los Estados miembros. Este reglamento, conocido como Reglamento MiCA (Markets in Crypto Assets), entrará en vigor a mediados 

Normativa europea sobre activos digitales

Estas son las normas a nivel europeo que mencionan directa o indirectamente criptoactivos:

Directiva (UE) 2018/843 para la prevención del blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo

En esta directiva se definía a nivel europeo por primera vez qué era una "moneda virtual", así como qué es un "proveedor de servicios de custodia de monederos electrónicos" (que para la Unión es "una entidad que presta servicios de salvaguardia de claves criptográficas privadas en nombre de sus clientes, para la tenencia, el almacenamiento y la transferencia de monedas virtuales".

Esta ley obliga a las entidades que operan con criptoactivos a registrarse ante el Banco de España y cumplir con las normativas de conocimiento del cliente (KYC) y reporte de actividades sospechosas.

Reglamento (UE) 2022/858 sobre un régimen piloto de infraestructuras del mercado basadas en la tecnología de registro descentralizado

Este Reglamento Piloto de 2022 tenía como objetivo "permitir el desarrollo de los criptoactivos que se consideran instrumentos financieros, comúnmente denominados security tokens, así como su emisión, negociación y liquidación mediante tecnología de registro descentralizado (“TRD”)".

Con este reglamento se modificaba que era "instrumento financiero" dentro de MiFID II, para incluir los emitidos mediante TRD. También se creaba un primer sandbox para permitir instrumentos financieros emitidos en blockchain.

Reglamento sobre la información que debe acompañar a las transferencias de fondos y determinados criptoactivos (entra en vigor en 2025)

Dentro de la legislación sobre criptoactivos, el sector está a la espera de varias propuestas para ir armando la regulación respecto a los activos digitales. Una de ellas es la Propuesta de Reglamento (UE) 2023/1113 del Parlamento Europeo y del Consejo que aborda la información requerida en las transferencias de fondos y determinados criptoactivos, que se aplicará en la Unión Europea a a partir del 30 de diciembre de 2024, más conocida como Reglamento TFR (Transfer of Funds Regulation)

Esta normativa ha recibido menos atención mediática, pero igualmente es muy importante para la privacidad de los usuarios, ya que, entre otras cosas va a obligar a cada transferencia de criptoactivos que se realice por medio de intermediarios centralizados a tener información sobre el originante y el beneficiario, con indepedencia de su importe, especialmente cuando se efectúen transacciones con entidades no pertenecientes a la Unión Europea.

Las transferencias por tanto entre individuos (las llamadas "P2P" o peer to peer) quedarían por tanto excluidas de la obligación de reportar dicha información, dado que no participan intermediarios identificables.

A la espera de MiCA

Pero sin duda, el sector de los activos digitales en España y Europa está muy pendiente del gran cambio que se avecina a nivel legislativo: la próxima aplicación del Reglamento sobre el Mercado de los Criptoactivos a nivel europeo, más conocido como MiCA.

La Ley MiCA (Markets in Crypto-assets Regulation) es un reglamento aprobado por la Comisión Europea que tiene como objetivo regular los mercados de criptoactivos y stablecoins. La nueva ley aborda diversos aspectos, como la emisión de criptoactivos, la prestación de servicios y la protección al inversor en estos mercados.

El reglamento europeo aborda también cuestiones cruciales, como la custodia y administración de criptoactivos en nombre de terceros, su clasificación, la transparencia del mercado y el impacto medioambiental de las criptomonedas.

Bajo MiCA, los profesionales de la inversión, incluyendo gestores de activos y proveedores de servicios de criptoactivos (CASP), deberán cumplir con una serie de requisitos de autorización, gobernanza y conducta. Esto incluye la obligación de proporcionar documentos informativos claros y detallados, conocidos como "white papers", que describen las características, riesgos y términos de los criptoactivos que se ofrecen al público​.

Además, MiCA armonizará las regulaciones a través de los estados miembros de la UE, facilitando operaciones transfronterizas y permitiendo a los gestores de activos operar en un marco regulatorio uniforme en toda Europa. Esto simplifica el acceso a diversos mercados europeos y mejorará la eficiencia de la distribución de fondos de activos digitales​.

También destaca la importancia de la integridad del mercado y la protección al inversor. MiCA introduce medidas para prevenir el abuso de mercado y las actividades fraudulentas, lo que ayuda a fortalecer la confianza de los inversores en el mercado de criptoactivos

En términos de supervisión, las autoridades competentes de cada estado miembro serán las encargadas de supervisar a los CASP, mientras que la Autoridad Bancaria Europea supervisará los stablecoins de gran escala. Además, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) tendrá poderes de intervención en casos de amenaza a la integridad del mercado, la protección al inversor o la estabilidad financiera.

¿Cuándo entra en vigor la Ley MiCA?

El Parlamento Europeo votó a favor de la ley MiCA el 20 de abril de 2023. Tras su publicación en el Diario Oficial de la UE, técnicamente entró en vigor 20 días después. Pero debido a la complejidad de los criptoactivos, su implementación real completa llevará un poco más de tiempo, por lo que esta normativa comenzará a aplicarse en junio de 2024 para las disposiciones relacionadas con la emisión de ARTs y EMTs, y en diciembre de 2024 para los requisitos relativos a la prestación de servicios sobre criptoactivos.

En España, las entidades que no hayan prestado servicios antes de diciembre de 2024 deberán solicitar licencia a partir de esa fecha. Las demás entidades podrán seguir prestando servicios sin licencia durante el período transitorio que contempla la ley (de hasta 36 meses), que finaliza el 31 diciembre de 2025 (en España se decidió acabar con este periodo transitorio unos meses antes, ya que en Europa se aplicará a partir del 31 de julio de 2026).

Normativa española sobre activos digitales

En España, la regulación de los activos digitales se ha centrado en la prevención del lavado de dinero y la protección del inversor. Aunque no hay una legislación específica que regule exclusivamente los criptoactivos, se aplican varias normas generales, principalmente transposiciones de normativa europea. Algunos ejemplos:

Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo

Real Decreto-ley 7/2021 (Transposición de la Quinta Directiva), de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de los consumidores.

Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal

Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.

Esta ley lo que hace es imponer dos requisitos de información relacionados con la posesión y las transacciones de monedas virtuales:

  • Los exchanges deben proporcionar detalles sobre los saldos de los poseedores de monedas virtuales
  • Los exchanges deben dar detalles también sobre las actividades realizadas con dichas monedas, incluyendo compra, venta, intercambio, transferencia, y transacciones de ingresos y pagos, así como las operaciones vinculadas a las Ofertas Iniciales de Monedas (ICO).

Otras normativas de interés

También cabe resaltar entre otras normativas a nivel español la Ley del Mercado de Valores y la circular sobre publicidad de criptoactivos de la CNMV, que regula la publicidad de los criptoactivos, imponiendo requisitos de claridad y veracidad en la información que se ofrece al público.

Hay que recordar además que los criptoactivos tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre Sociedades. Las ganancias derivadas de la compraventa de criptomonedas están sujetas a impuestos como incrementos patrimoniales.

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Este contenido se ha elaborado bajo un criterio editorial y no constituye una recomendación ni propuesta de inversión. La inversión contiene riesgos. Las rentabilidades pasadas no son garantía de rentabilidades futuras.


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